ILAVE : JNE DEJA DEFINITIVAMENTE FUERA DE LA ELECCIÓN A SERGIO ROQUE MAQUERA Y ARCHIVA SU PEDIDO DE REVISIÓN

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedente el pedido presentado para reevaluar la exclusión de Sergio Roque Maquera, candidato a la alcaldía de la Municipalidad Provincial de El Collao por la organización política Alianza Electoral Venceremos, y dispuso el archivo definitivo del expediente.
La decisión consta en el Auto N.º 1, de fecha 29 de setiembre de 2026, correspondiente al Expediente N.º ERM.2026036759, relacionado con las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
Según los antecedentes de la resolución, el Jurado Electoral Especial de Puno dispuso el 14 de agosto de 2026 la exclusión de Roque Maquera al considerar acreditada la omisión de información sobre sentencias condenatorias en su Declaración Jurada de Hoja de Vida. Esta decisión fue apelada, pero el 27 de agosto de 2026 el Pleno del JNE declaró infundado el recurso y confirmó la exclusión.
Posteriormente, el personero legal de Alianza Electoral Venceremos solicitó una nueva evaluación de la situación jurídica del candidato, invocando, entre otros argumentos, la Resolución N.º 3643-2026-JNE y presentando certificados de antecedentes penales, judiciales y policiales.
Sin embargo, el Pleno del JNE determinó que la exclusión ya había sido resuelta en instancia final y definitiva antes del hito electoral del 4 de setiembre. Por ello, consideró que no existía una instancia posterior dentro del procedimiento electoral que permitiera revisar nuevamente dicha decisión.
El órgano electoral también precisó que la Resolución N.º 3643-2026-JNE se refería a casos que, al 4 de setiembre, aún no habían sido materia de pronunciamiento por parte del JNE. Esta situación no correspondía al caso de Roque Maquera, cuya exclusión ya había sido confirmada el 27 de agosto.
Asimismo, el JNE señaló que los certificados de antecedentes presentados posteriormente no permitían reabrir una controversia ya resuelta y que la rehabilitación alegada no eliminaba el deber de declarar la información exigida en la Declaración Jurada de Hoja de Vida.
Finalmente, mediante el Auto N.º 1, el Pleno declaró IMPROCEDENTE el pedido de reevaluación presentado el 6 de setiembre de 2026 y dispuso el ARCHIVO DEFINITIVO del expediente.



