Delito de omisión de alimentos: hasta 3 años de prisión según el código penal
La Defensora Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Lisseth Ramírez, informó que el artículo 149 del código penal contempla una pena de hasta 3 años de prisión por el delito de omisión de alimentos. En caso de que se haya establecido una pensión alimenticia para hijos, cónyuges o...

















