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Puno: Ley prohíbe incremento salarial de vicegobernadora regional de Puno

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El incremento de sueldo que solicitó la vicegobernadora regional de Puno, Eladia Margot De La Riva Valle, ante el Consejo Regional de Puno, fue derivado a las oficinas de Asesoría Legal, Planificación y Recursos Humanos, a fin de que emitan una opinión técnica. Sin embargo, la Ley de presupuesto del sector público para el año fiscal 2024 dice expresamente que queda prohibido el incremento de remuneraciones de los funcionarios públicos.

Como se sabe, De La Riva Valle, solicitó la reconsideración de la remuneración salarial que percibe actualmente, cuya suma asciende a 5000 soles. Dicho pedido fue abordado por el Consejo Regional de Puno en la última sesión ordinaria del 8 de febrero, donde el presidente Wido Condori, propuso que la solicitud de la vicegobernadora sea derivada a las oficinas de Asesoría Legal, Planificación y Recursos Humanos.

Ello para que se emita una opinión técnica y, posteriormente, el pleno del Consejo Regional tome una decisión conforme a la normatividad vigente. Dicha propuesta fue aprobada con 18 votos a favor.

En base a ello, es necesario precisar que la norma vigente prohíbe cualquier tipo de incremento salarial a los funcionarios del sector público. El artículo seis de la Ley 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dice textualmente:

“Se prohíbe en las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales, gobiernos locales, … universidades públicas, y demás entidades y organismos que cuenten con un crédito presupuestario aprobado en la presente ley, el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, beneficios, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos, compensaciones económicas y conceptos de cualquier naturaleza, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad y fuente de financiamiento”.

Asimismo, las funciones de la vicegobernadora regional de acuerdo a la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, son: reemplazar al presidente regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional, que no puede superar los 45 días naturales al año; cumplir funciones de coordinación y aquellas que expresamente le delegue el presidente; y percibe la remuneración correspondiente a su cargo, sin derecho a dietas.

Es decir, cumple funciones que expresamente le delegue la autoridad regional, en ese marco, a la vicegobernadora Eladia Margot De La Riva Valle, se le vio cumplir actividades netamente de protocolo durante el primer año de gestión de Richard Hancco y en lo que va de 2024, quedando evidenciado que el trabajo que realiza no es técnico, sino solo de coordinación. (pachamama)