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JEE evalúa informes sobre César Acuña, José Luna y Alan García por uso de universidades en campañas

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El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1evalúa informes sobre uso de recursos de universidades a favor de las campañas electorales de César Acuña, José LunaAlan García, informó hoy el director nacional de Fiscalización del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Alberto Kuroiwa.

“Se apreciaron tres casos de uso de recursos de universidades a favor de campañas, el primero fue de César Acuña. El informe de fiscalización ya fue entregado al Jurado Electoral Especial Lima Centro 1, que es la primera instancia y estamos a la espera de la resolución de dicho caso”, dijo.

Este informe de oficio fue presentado por el área técnica de la Dirección Nacional de Fiscalización hace 15 días, precisó.

Asimismo, dio cuenta de que hoy en horas de la mañana se han presentado dos informes: uno sobre el caso del congresista José Luna y otro referido al expresidente Alan García.

“Adicionalmente tenemos un caso que corresponde a propaganda indebida y también hoy en la mañana ha ingresado al Jurado Especial Electoral Lima Centro 1 el informe de fiscalización correspondiente al candidato Hernando “Nano” Guerra García”, agregó.

Kuroiwa detalló que hasta la fecha, la Dirección Nacional de Fiscalización del JNE, ha emitido 300 informes referidos a posibles infracciones en la publicidad estatal, ante el JEE Lima Centro 1, los cuales ya se están tramitando.

 

DATO:

*Artículo 184 (Ley Orgánica de Elecciones).- Las Oficinas Públicas, los cuarteles de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, los locales de las Municipalidades, los locales de los Colegios de Profesionales, Sociedades Públicas de Beneficencia, entidades oficiales, colegios y escuelas estatales o particulares y los locales de las iglesias de cualquier credo, no pueden ser utilizados para la realización de conferencias, asambleas, reuniones o actos políticos de propaganda electoral de ninguna especie en favor o en contra de cualquier partido, candidato o tema por consultar, o para la instalación de juntas directivas o el funcionamiento de cualquier comité de tendencia política.

*Artículo 7, numeral 7.1 (Resolución 304-2015-JNE)

Usar las oficinas públicas, los cuarteles de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, los locales de las municipalidades, Colegios Profesionales, Sociedades Públicas de Beneficencia, entidades oficiales, colegios y escuelas estatales o particulares y de las iglesias de cualquier credo, para lo siguiente:

a) La realización de conferencias, asambleas, reuniones o actos de propaganda electoral en favor o en contra de cualquier organización política, candidato u opción en consulta.

b) La instalación de juntas directivas o el funcionamiento de cualquier comité político.

No está prohibido el uso de dichos locales para desarrollar actividades destinadas a la promoción del voto informado, como la organización de debates o foros en los cuales se expongan los planes de gobierno de las organizaciones políticas, de manera neutral y plural. Para tal efecto, los organizadores deberán comunicar previamente al JEE sobre el desarrollo de las referidas actividades, para la supervisión correspondiente.

 

 

fuente : correo